- Profesor: JUAN CARLOS RICARDO LADINO
Skill Level: Beginner
- Profesor: JUAN CARLOS RICARDO LADINO
Skill Level: Beginner
- Profesor: JUAN CARLOS RICARDO LADINO
Skill Level: Beginner
- Profesor: JORGE ENRIQUE GUEVARA BEJARANO
Skill Level: Beginner
- Profesor: JORGE ENRIQUE GUEVARA BEJARANO
Skill Level: Beginner
- Profesor: NICOLAS ACUNA GONZALEZ
Skill Level: Beginner
La Corte Constitucional colombiana, a través de la interpretación del texto de la carta política, ha hecho invaluables aportes al desarrollo del derecho en nuestro país. Sin embargo, este proceso de definir las palabras de la Constitución requiere la utilización de preferencias valorativas y esto, como es natural, implica un grave riesgo para la seguridad jurídica: ¿hasta dónde puede llegar el intérprete, ¿cuáles son los límites que debe respetar?. Este riesgo incrementa si tenemos en cuenta que buena parte de la doctrina constitucional colombiana contemporánea, llamada por algunos neoconstitucionalismo, ha creado una nueva jerga erudita impenetrable llena de metáforas sofisticadas, razonamientos abstrusos, argumentos con una gran carga emotiva y citas herméticas que, en cierta medida, le han permitido encubrir sus ideas y valoraciones y, de este modo, evitar que sean sensatamente escudriñadas. En un sistema como el colombiano, erigido sobre el principio de frenos y contrapesos entre los distintos poderes del Estado, si el poder político se ejerce a través de la justicia constitucional, en un lenguaje incomprensible y presentado como un argumento de última instancia, todo el equilibrio se viene abajo y, muy pronto, el derecho se convierte en el principal instrumento del despotismo.
- Profesor: JOSE FERNANDO RAMIREZ BETANCOURT
Skill Level: Beginner
- Profesor: JOSE FERNANDO RAMIREZ BETANCOURT
Skill Level: Beginner
El 20 de julio de 1810 con el grito de independencia se inicia una nueva era en la historia patria, no obstante, los próceres criollos que en su gran mayoría contaban con el poder económico y social en estas provincias, solo buscan tomar el poder político que tenían los gobernantes españoles; por ello, no trataron de favorecer a las masas campesinas, ni a los esclavos ni a los indígenas, por el contario, mantuvieron el sistema legal imperante, dado que les favorecía sus intereses; tan solo sobresalen las figuras de Antonio Nariño y José María Carbonel, que sí anhelaban una transformación básica y fundamental.
No obstante, en las primeras constituciones inspiradas en las revoluciones americana y francesa, y en el reconocimiento de los Derechos Humanos, se extingue la tortura, y la libertad solo se podía coartar para cumplir pena de arresto impuesta por un juez; en tanto se adelantaba el juicio, la persona debía mantenerse en su domicilio a disposición de la autoridad judicial; así lo ordenaba el artículo 36 de la Constitución de Cundinamarca de 1811; además, reconoce la inviolabilidad del domicilio, y ordena que la detención de una persona solo procedía con orden escrita del juez competente; no obstante, los delitos por los que se procedía y las penas a imponer eran las señaladas en las leyes españolas; así el principio de legalidad, la igualdad ante la ley, la abolición de los suplicios y el rechazo de toda pena innecesaria, aparecen consagrados en las instituciones jurídicas de la naciente patria (Restrepo, 2008, p. 33).
No obstante, en las primeras constituciones inspiradas en las revoluciones americana y francesa, y en el reconocimiento de los Derechos Humanos, se extingue la tortura, y la libertad solo se podía coartar para cumplir pena de arresto impuesta por un juez; en tanto se adelantaba el juicio, la persona debía mantenerse en su domicilio a disposición de la autoridad judicial; así lo ordenaba el artículo 36 de la Constitución de Cundinamarca de 1811; además, reconoce la inviolabilidad del domicilio, y ordena que la detención de una persona solo procedía con orden escrita del juez competente; no obstante, los delitos por los que se procedía y las penas a imponer eran las señaladas en las leyes españolas; así el principio de legalidad, la igualdad ante la ley, la abolición de los suplicios y el rechazo de toda pena innecesaria, aparecen consagrados en las instituciones jurídicas de la naciente patria (Restrepo, 2008, p. 33).
- Profesor: JOSE FERNANDO RAMIREZ BETANCOURT
Skill Level: Beginner